En mapuexpress.net se reproduce una entrevista realizada por radio Universidad de Chile a Aucan Huilcaman uno de los líderes convocantes. He aquí un extracto:
¿Qué tratados tomarán en cuenta?
En 1823 y 1825 hay dos eventos donde el Poder Legislativo autoriza al Ejecutivo a realizar un Parlamento General con los mapuche más allá de la frontera del Biobío. En el decreto se especifica que este Parlamento significa un término amplio e incluyente. También se hace reconocimiento a la frontera y el reconocimiento expreso y claro a la existencia de otra comunidad. Cuando dos poderes del Estado se autorizan recíprocamente para actuar en territorio indígena, es porque están reconociendo a otro sujeto con potestad para tomar decisiones y obligarse a actuar sobre esos acuerdos. Eso está plenamente vigente. Se ratificó la frontera con el Biobío, pero después con la Pacificación de la Araucanía se violó.
¿Cuál sería el argumento jurídico para hacerlos valer?
El 13 de septiembre de 2007 el derecho internacional reconoce que los tratados celebrados con los pueblos indígenas deben cumplirse de buena fe, tal como se considera en su espíritu. Por lo tanto, los tratados mapuche están respaldados y reconocidos por el derecho internacional. No estamos haciendo una reivindicación, sino que vamos a hacer un uso de los tratados ya existentes. En ese sentido, se va a hablar de dos temas sustantivos: que la autodeterminación debe consistir en un régimen autonómico y que los tratados se deben respetar y cumplir de buena fe. Nosotros vamos a proponer fórmulas para el cumplimiento. Hay una experiencia muy significativa en Nueva Zelanda con los Maorí en su aplicación, en partes de Canadá y de Estados Unido también. Hay muy pocos pueblos indígenas que tienen tratados en el mundo y el pueblo mapuche es uno de ellos.
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